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Guía para proyectos mayores de 500 KW

El costo del proyecto y el pago adicional como contribución que se deba pagar será por acuerdo entre las partes. En el caso de que no se logre un acuerdo entre las partes, la ASEP será la dirimente. Dicho acuerdo deberá estar regido por lo establecido en el Título VI de este reglamento, el cual establece el procedimiento o guías para la instalación de la infraestructura necesaria para la prestación del servicio de electricidad.