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¿Quién me puede decir lo que tengo que hacer para tener luz en mi casa y cuánto me cuesta?

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Los requisitos para que usted tenga energía en su casa o negocio, según resolución de la Autoridad Nacional de Servicios Públicos son:

• Cuadro de medidores de acuerdo a las normas.

• Copia del documento de identidad personal (cédula o pasaporte); y en caso de persona jurídica, debe presentar copia del certificado de Registro Público de la sociedad (el cual no debe exceder los doce meses de antigüedad)

• Nota: si no se presenta el titular del nuevo suministro, la persona que actúe en su nombre deberá presentar una carta de autorización y copia de su documento de identidad personal. En caso de persona jurídica, el representante legal debe presentar un poder notariado y copia del documento de identidad personal

• Copia del Permiso de Ocupación emitido por el Cuerpo de Bomberos, para instalaciones nuevas no ocupadas.

• Pagar depósito de garantía y conexión, según tarifa vigente.

• En los casos de construcciones o instalaciones temporales, deberá adjuntar el permiso correspondiente emitido por el Municipio y avalado por el Cuerpo de Bomberos.[subir]

También puede llamar a la Línea de Atención al Cliente 800-9111 o 323-7100 para que le proporcionen esta información.